Judiciales

Injusta condena a profesional de blanco por muerte de sordomudo alcoholizado que chocó contra su auto

En cuestionado fallo, el Tribunal de Sentencia N° 9 condenó a 8 meses de pena privativa de libertad con suspensión a prueba de la condena al enfermero cuyo vehículo fuera chocado por un motociclista alcoholizado cuando volvía de su trabajo.

Se trata de Carlos Gauto Medina, quien soporta un desgastante proceso judicial de más de cuatro años, por un hecho en el cual no tuvo responsabilidad. El juez Marino Méndez, presidente del cuerpo colegiado, explicó que la decisión se sustenta principalmente en los informes periciales accidentológicos.

Tras ocho sesiones, el juicio oral llegó ayer a su conclusión con la sentencia del procesado, en base a informes periciales contradictorios, que atribuyen la responsabilidad en “falla humana” del ahora condenado. Sostienen que el automovilista infringió la ley al no detener la marcha y ceder el paso a la motocicleta.

Sin embargo, obvian “detalles” muy importantes como que el biciclo no tenía luz, se desplazaba a alta velocidad, en una zona oscura y que el motociclista no portaba chalecos reflectivos, que pudiera permitir ser visualizado.

El documento presentado por el perito de Criminalística de la Policía Nacional, Richard Caballero, evidentemente se refería a dos hechos diferentes, ocurridos en lugares distintos. Sin embargo, pese a ello fue valorado por el tribunal por considerarlo simple “error de tipeo”.

Asimismo, se obvió que el otro informe del perito Emigdio Montiel, quien, si bien establece que fue un error humano, aclaró que la motocicleta no pudo haber sido visualizada, porque estaba en el “punto ciego” del automóvil conducido por el profesional de la salud, sumado a que en el lugar había escasa iluminación.

El caso guarda relación con un hecho registrado el 13 de diciembre del 2018, ocasión en que falleció Richard Adrián Caballero, quien alcoholizado, disputaba una carrera clandestina en una moto sin luz. El fallecido era sordomudo, por lo que por ley no debía haber estado manejando en la vía pública ningún tipo de vehículo motorizado.

Además del juez Méndez, el tribunal estaba integrado por los magistrados Zunilda Martínez y Herminio Montiel. La lectura íntegra de la sentencia se hará en los próximos días.

REVIÓ POSTURA

Finalmente, el Tribunal resolvió no valorar las grabaciones del circuito cerrado, que estuvo por fuera de la cadena de custodia de evidencias por más de un año y siete meses, reviendo la postura asumida al inicio del juicio, ocasión en que rechazaron un incidente de exclusión probatoria presentada por la defensa. Las grabaciones exhibidas en juicio estaban totalmente editadas y las imágenes ni siquiera coincidían con el horario en que ocurrió el accidente.

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