Judiciales

Tribunal agrega estafa y producción de documentos no auténticos contra Prieto en juicio por “Tía Chela”

El tribunal de sentencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 200 del Código Procesal Penal, advirtió a los acusados que preparen sus defensas por otros tipos penales, pero sobre los mismos hechos punibles que se contemplaron en el auto de elevación a juicio oral.

El Ministerio Público los había acusado por los hechos punibles de lesión de confianza y asociación criminal. Ahora deberán preparar su estrategia defensiva por las calificaciones que se resumen a continuación.

Miguel Prieto: estafa (coautor) y uso de documento no auténticos. Francisco Arrúa: estafa (coautor) y uso de documentos no auténticos. Fermín Ávalos: estafa (coautor) y usos de documentos no auténticos. Emili Vanessa Florentín: estafa (cómplice) y producción de documentos no auténticos (coautor).

La lista sigue con: Maggi Fariña: estafa (cómplice) y uso de documentos no auténticos (cómplice). Sebastián Martínez: estafa (coautor) y producción de documentos no auténticos (cómplice). José Félix Cáceres: estafa (cómplice) y producción de documentos no auténticos (cómplice).

Julián Benítez: estafa (cómplice) y producción de documentos no auténticos (cómplice). Higinio Ramón Acuña: estafa (cómplice) y producción de documentos no auténticos (cómplice). Cirle Alcaráz: estafa (cómplice) y uso de documentos no auténticos (cómplice). Nelson Segovia: estafa (cómplice) y uso de documentos no auténticos (cómplice).

La totalidad de los 11 acusados en el presente juicio oral y público recibieron la advertencia por parte del tribunal, integrado por las juezas Ana Rodríguez, Yolanda Morel y Karina Cáceres. Ya en conversación con la prensa, el abogado Guillermo Ferreiro, defensor de Miguel Prieto, señaló que era un trámite que se daba en los juicios orales.

Explicó las juezas tenían la potestad de advertir si es que veían otro tipo de calificación de los hechos presentados por la fiscalía. Aseguró que eso denotaba una investigación desprolija del Ministerio Público, y que estaban seguros de que su defendido era inocente.

La advertencia hace que las defensas tengan la posibilidad de presentar otras pruebas, con lo que aseguró que iban a estudiar la situación, a raíz de lo dicho por las magistradas. Aclaró que las calificaciones de lesión de confianza y de estafa se excluían mutuamente por lo que el Tribunal, en caso de condena, solo puede hacerlo por uno de estos delitos, y no por ambos.

Según la acusación fiscal, Miguel Prieto, en su calidad de intendente, favoreció en la licitación a la firma Tía Chela SRL durante la pandemia sin que esa firma cumpliera con los requisitos. La empresa entregó parcialmente los víveres y causó un perjuicio de G. 2.130.036.160 a la Municipalidad de Ciudad del Este. También se habla de que las autoridades junto con la firma proveedora fabricaron facturas falsas para realizar un negociado.

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